
Divagación sobre la casa – Por Diego Tatián
5 septiembre, 2026El juicio Laguna Paiva ll centra su denuncia en el abandono y tortura de ñiños y niñas como forma sistemática del terrorismo de Estado que se instaló en nuestro país durante la última dictadura cívico militar eclesiástica. Este juicio es reparatorio para las víctimas, pero también para una sociedad que se niega a olvidar.
Por Natalia Amatiello*
(para La Tecl@ Eñe)
«La Memoria es la base de la lucha, es lo que da el ánimo de seguir, la búsqueda de la verdad y la justicia tiene que ser todos los días hasta lograr que se sepa sobre las víctimas y lo que ocurrió, para poder llegar a la justicia».
Norita Cortiñas
El 7 de agosto de 2026 la justicia dictó una sentencia histórica al condenar a Oscar Alberto Cayetano Valdez (prisión perpetua), al exjuez Víctor Hermes Brusa (25 años, unificada con otras penas), a Antonio Parvellotti (18 años de prisión) y a Eduardo Enrique Riuli (18 años, unificada) por el delito de abandono de niños, niñas y adolescentes durante la última dictadura tipificado como un crimen de lesa humanidad.
El juicio conocido como «Laguna Paiva ll» fue iniciado en mayo de 2026. Surge a raíz de la denuncia del delito de abandono de personas de los hijos e hijas de las familias Páez y Medina que en 1980 padecieron el secuestro de sus padres por miembros de la inteligencia militar, policial y un miembro del poder judicial federal. La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos entendió que escuchar respetuosamente sus testimonios (relatados en el juicio Laguna Paiva l) incluía entender que esos/as niños/as fueron víctimas de delitos que debían ser denunciados de manera autónoma.
Los/as niños/as fueron abandonados luego del secuestro de sus padres, algunos de ellos también secuestrados y trasladados al Departamento de Informaciones de la policía o a la Guardia de Infantería Reforzada, permaneciendo en cautiverio en esos Centros Clandestino de Detención de la ciudad de Santa Fe en condiciones infrahumanas de vida.
Por ello, Laguna Paiva ll centra su denuncia en el abandono y tortura de esos/as niños/as como forma sistemática del terrorismo de Estado que se instaló en nuestro país durante la última dictadura cívico militar eclesiástica.
Para comprender la importancia de este juicio es necesario resaltar que el desvalimiento provocado por la situación extrema a la que fueron arrojados esos niños/as se agrava por la vulnerabilidad propia de la infancia. Fueron privados de apoyos del mundo externo y violentados cruelmente, dejados en una situación de desamparo profundamente des-subjetivante. Por ello, el juicio representa escuchar la voz de la infancia y no dejarla silenciada bajo los delitos cometidos contra adultos.
¿Por qué es necesario entender el sufrimiento de estos niños/as con perspectiva de infancia? Su importancia radica en que la infancia y la adolescencia son tiempos cruciales para la estructuración psíquica y el desarrollo físico. Tiempos complejos donde el cuerpo, el psiquismo, el pensamiento y las emociones se deben organizar para constituirse en sujetos capaces de sostenerse en la vida.
Para ello es necesario otro adulto que los acompañe, aloje, ampare, sustente no sólo de las necesidades básicas (alimentación, higiene, sueño y abrigo), sino de los cuidados que incluyen la tarea de traducir las experiencias que reciben del mundo.
La simbolización de las experiencias construye subjetividad y generan el lazo que incorpora al infante en la cultura a la cual pertenecen. Esa tarea es llevada a cabo en nuestra cultura primariamente por la familia, funciones parentales que son sumamente necesarias para que una cría humana se transforme en sujeto de la cultura.
A su vez, la adolescencia es el tiempo donde las identificaciones recomponen sus vínculos primarios abiertos al mundo, a modelos intergeneracionales y culturales que aportan un ideal social y una idea de porvenir. Es el tiempo de construcción de la identidad propia, que tiene como eje fundamental las representaciones, los fines compartidos y los afectos ligadores.
Es así como la realidad exterior, en estas etapas vitales, puede instituir o destituir subjetividad.
Las experiencias en tiempos de la infancia y adolescencia requieren el acompañamiento de los/as adultos/as, sin embargo, nada de eso tuvieron los/as niños/as de Laguna Paiva. Debieron simbolizar aquello para lo que no estaban preparados, con los elementos que pudieron, en extrema soledad de apoyos, agravado por la presencia aterradora de los grupos de tareas merodeando sus casas, sumado a la incertidumbre sobre la vida de sus padres y la propia.
Testimonios de coraje
Es importante resaltar las situaciones que vivieron esos niños/as durante el período de los hechos: múltiples situaciones de peligro, vigilancia de su casa, torturas, desamparo, privaciones físicas y psíquicas de cuidado.
Las experiencias que fueron relatadas durante el primer juicio podemos encuadrarlas en situaciones extremas, concepto ampliamente desarrollado por la psicoanalista argentina Silvia Bleichmar (2003). Se trata de situaciones que generan angustia de muerte permanente y un estado de alerta psíquica que excede al psiquismo.
«Mis hermanos estaban aterrorizados, con miedo, con desesperanza, porque todos los que hablábamos nos decían perdóname, pero no creo que vuelvan. Con miedo, siempre con miedo (…) Nosotros quedamos solos». Relata Mónica, que en esos días tenía 12 años.
«Nosotros quedamos totalmente abandonados, teníamos una edad que siempre esperábamos a nuestros papás ahí nos enteramos que estaban secuestrados”».(Ramón M. 8 años.)
«Los días siguientes fueron un desconcierto total. Es cuando no se entiende. Y las explicaciones no alcanzan”».(Miguel M. 6 años)
Además, entre las formas más extrema de sufrimiento al que fueron sometidos, encontramos la tortura. El objetivo de quien tortura es la dominación absoluta de la víctima y su reducción a la nada en vida, la renuncia a la propia identidad. El dolor extremo que genera el arrasamiento subjetivo, busca destruir al sujeto, despojarlo de toda identidad y relación con el mundo.
Resulta imprescindible el develamiento de los diversos modos de torturas que padecieron estos niños/as tales como la tortura física (tortura con picana, agresiones al cuerpo y hambre), la tortura psicológica (abandono, violencia física y verbal sobre los padres; presenciar cómo les arrebataron a sus padres con extrema violencia en operativos que tenían como objeto producir terror, la conciencia de que pueden sufrir lesiones corporales graves) y la tortura simbólica (palabras que denigran y amenaza de muerte a ellos/as o a seres queridos).
Se trató del ejercicio de una violencia sistemática y organizada que tuvo como objetivo dejar al otro por fuera del registro humano, la anulación del otro como semejante. Así, podríamos decir que la tortura fue la herramienta de la política de la crueldad en la dictadura, que no encontró límite en las infancias.
Es por ello por lo que la instancia del juicio de Laguna Paiva ll es la oportunidad histórica de hacer visible el padecimiento infringido por la patota genocida contra niños, niñas y adolescentes.

Sobre la violencia de género
A 50 años del golpe de Estado, mucho se ha podido develar y juzgar en nuestro país. La histórica sentencia del 18 de septiembre de 2006 del tribunal oral en lo criminal Nro. 1 de la Plata contra Miguel Osvaldo Etchecolatz, instaló con valentía inusitada para la época, el significante «genocidio» para el plan sistemático llevado a cabo en nuestro país por la dictadura desde 1976 a 1983. Debemos ese marco al Dr. Carlos Rozanski, quien nombrara a esos hechos como genocidio, y desde allí se avanzara en poner el nombre correcto a cada una de las violaciones de derechos humanos en ese trágico período de nuestro país. Es que el conocimiento de la Verdad, Memoria y Justicia, es reparadora cuando se logra llamar a las cosas por su nombre.
Sin embargo, algunos hechos se diluyeron en generalidades y tardaron años en salir a la luz, tanto por la dificultad de las víctimas para enunciarlos como la de quienes tuvieron la difícil tarea de llevarlos a juicio.
En este sentido, se logra la primera condena en 2021 por violencia sexual contra prisioneras del Casino de Oficiales, no englobada en la carátula de tormentos o torturas en los juicios de lesa humanidad. El Tribunal Oral Federal 5 de Buenos Aires condenó a los ex marinos Jorge «Tigre» Acosta (a 24 años de prisión) y Alberto González (a 20 años).
Posteriormente, la justicia argentina amplió el alcance de la violencia de género estatal al dictar la primera condena mundial por violencia sistemática contra mujeres trans durante el terrorismo de Estado. Este fallo fue emitido en marzo de 2024 por el Tribunal Oral Criminal Federal N.º 1 de La Plata, en el juicio conocido como «Pozo de Banfield / Pozo de Quilmes».
En el caso que nos ocupa, el delito de abandono, como única forma jurídica de nombrar los hechos sufridos por estos/as niños/as, es la base para significar la crueldad extrema de la que fueron víctimas.
Asimismo, nos encontramos ante una forma de violencia vicaria. Las madres secuestradas sabían que sus hijos e hijas quedaron desamparados/as, incluso algunos fueron llevados a la sala donde las torturaban. Es decir, la herramienta utilizada por los genocidas en este caso – infringir dolor a través del sufrimiento de los/as hijos/as -, debería ser incorporada. El tiempo nos permitirá revisar este aspecto, porque la búsqueda de la verdad nunca cesa.
El dolor extremo
Para entender el efecto de lo vivenciado por estas personas, hay que encuadrarlas en experiencias traumáticas. El efecto traumático no es sólo el producto del estímulo externo, sino el impacto entre el suceso, el tiempo y la capacidad del psiquismo para metabolizarlo. Asimismo, el acompañamiento de otros en el proceso es fundamental.
Como explica Rene Kaes: «una de las acciones de los torturadores es romper los ritmos temporales de la vida». El terror se instala con la desarticulación de los procesos de pensamiento. La vergüenza, el dolor, la confusión, el miedo y otros sentimientos no son sólo individuales, son proyectados a toda la comunidad dejando al sujeto inerme de respuesta posible, silenciado.
Esas vivencias traumáticas quedan en el aparato psíquico como cuerpos extraños, no pueden integrarse con los elementos de la comprensión o el pensamiento. Tampoco pueden evacuarse, quedan ahí, en estado crudo. Este modo de estar en el psiquismo exige un trabajo constante de defensas de ese cuerpo extraño. El sujeto está obligado a un trabajo psíquico excesivo para continuar con la vida.
Cabe resaltar que el trabajo de elaboración, si bien es singular, también es social. Ello en tanto que, si no se detienen los elementos que lo provocaron y no se repara socialmente generando justicia, ningún sujeto tendría posibilidad de elaborarlo completamente por sí mismo.
Es que el trauma no es un momento, es el hecho, la repetición del hecho y la consecuente sensación de estar arrojado al vacío sin red.
Si bien lo traumático como experiencia sociohistórica se inscribe de forma singular en el psiquismo, la reparación de ello es una responsabilidad social de todos/as.
Asimismo, los hechos de gravedad simbólica de expropiación del tiempo de la infancia como forma de estrago subjetivo, deben ser analizados. Esa etapa, como se dijo, es fundamental para el sujeto. La interrupción violenta, el despojo, la tortura, la sustracción de sus padres, etc., rompen el ciclo vital.
Las palabras finales las tiene el pueblo
En el 2000 muchos psicoanalistas argentinos se permitieron preguntas fundamentales sobre la subjetividad de los niños y niñas que sufrieron de diversas maneras el golpe cívico militar y comprendieron que «dejar las cosas como están» es defeccionar a la esperanza de que los derechos humanos sean una realidad.
El terrorismo de estado basó su eficacia en la instalación de terror, y de allí su efecto hasta el día de hoy. Romper el silencio permite iluminar retrospectivamente lo sucedido y recomponer la trama social inaugurada con el Nunca Más.
Romper el pacto denegativo, hablar del daño de esos niños/as como situación particular y no acumulada en otros juicios, es una forma de reparación individual y social.
Si el Estado no sanciona los hechos, el trauma se perpetúa e intensifica. La reparación simbólica que implica que el Estado asuma la responsabilidad de dictar justicia, es el único camino que permite que el trauma deje de ser «eterno presente» y las víctimas puedan re-comenzar un proceso de duelo y re-construcción de su historia.
El juicio Laguna Paiva ll es reparatorio para las víctimas, pero también para una sociedad que se niega a olvidar. La condena es un acto de justicia y de inscripción de delitos del terrorismo de estado en la memoria colectiva. A 50 años del golpe aprendimos que el Nunca Más es un desafío constante.
6 de septiembre de 2026.

*Psicóloga.

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