

A dos décadas de comenzado el proceso actual de juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad, el país atraviesa un nuevo período de retroceso en materia de Derechos Humanos nunca visto en democracia.
Por Carlos Rozanski*
(para La Tecl@ Eñe)
Un sector importante del Poder Judicial argentino fue cómplice del Terrorismo de Estado que asoló el país entre los años 1976 y 1983. Esa gravísima connivencia aún no ha sido debidamente analizada y tampoco se han tomado medidas efectivas para modificar las condiciones que la generaron.
Se trata de una deuda de cincuenta años que tiene profundas raíces en el corazón mismo de la Institución Poder Judicial. En su interior se producen muchos de los fenómenos que suceden en el resto de las organizaciones del Estado, a los que deben sumarse los que tienen relación directa con la cuestión del poder que la atraviesa en toda su estructura.
En ese sentido, el golpe de 1976 impactó fuertemente en el Poder Judicial tanto en el fuero ordinario como en el federal. Se produjo un verdadero terremoto que puso a prueba lo más profundo de las lealtades y en especial de las pertenencias ideológicas de los protagonistas. No se trataba sólo de una interrupción del orden constitucional como había sucedido en golpes anteriores, sino de la instalación de un nuevo paradigma que incluía el secuestro, tortura, desaparición y muerte de decenas de miles de personas y apropiación de niños/as y bebés recién nacidos. Crímenes planificados y concretados de manera sistemática. Nada parecido a lo anterior. Nada para lo que el funcionario medio del poder judicial haya sido preparado a enfrentar, tanto en sus estudios académicos como en sus experiencias laborales previas o de vida.
Durante esa conmoción, el golpe de Estado generó una dualidad. Por un lado, sobre un sector de la justicia, la detención e incluso desaparición de operadores judiciales y en sentido contrario, un decidido acompañamiento de todos aquellos magistrados y funcionarios que estaban identificados con el nuevo régimen. Algunos de ellos, décadas después, fueron juzgados y condenados a prisión perpetua por complicidad en delitos de lesa humanidad como el caso de los jueces federales de Mendoza Otilio Roque Romano, Luis Francisco Miret, Max Petra Recabarren y Evaristo Carrizo.
En el medio de esas dos franjas, una gran cantidad de operadores diletantes, que estaban o bien inmovilizados por el terror imperante, o bien creían que desde su espacio de actuación podían mitigar las consecuencias de la dictadura genocida de esos años en nuestro país.
Al respecto, una reflexión clave para comprender el tema es la de la Dra. María José Sarabayrouse Oliveira cuando dice que “Ninguna dictadura militar creó un nuevo aparato de justicia, sino que el Terrorismo de Estado se montó sobre una estructura preexistente y la maximizó en función de sus propios intereses”. (1)
Lo señalado por la autora citada resulta exacto. Ello por cuanto si bien mediante la “Ley 21.258” del 24 de marzo de 1976, la Junta Militar removió a los jueces de la Corte Suprema de la Nación, de los Tribunales Superiores Provinciales, al Procurador General y puso en comisión a todos los magistrados, el sistema continuó funcionando con mayoría de jueces y fiscales que ya estaban en sus cargos con anterioridad al golpe.
La explicación de las razones por las que un aparato judicial de la democracia puede subsistir en dictadura sin mayores modificaciones – aunque con algunos reemplazos -, es sin dudas compleja y su desarrollo con amplitud excedería este espacio. Sin embargo, se impone una aproximación a fin de dejar al menos planteado el núcleo del problema que no es otro que la cosmovisión que vincula a la mayoría de los miembros de la institución.
Se trata de una posición mayormente conservadora, y en algunos sectores, profundamente reaccionaria desde lo ideológico, así como de “pertenencia” a un sector determinado desde lo social.
Es necesario aclarar que, por supuesto, el Poder Judicial incluye jueces/as, funcionarios/as y empleados/as que no comparten esa cosmovisión y que por el contrario desarrollan su actividad con apego a las garantías de nuestro sistema normativo. Ese posicionamiento sensible y legal genera con frecuencia rispideces, distancias y hasta enfrentamientos entre los integrantes de ambos vértices, aunque raramente se los deja trascender al resto de la comunidad.
La familia judicial de ayer y de hoy
Más allá de la distribución formal de la organización del poder judicial de nuestro país a lo largo del siglo XX y lo que va del XXI, su estructura profunda, gira alrededor de lo que se conoce como “familia judicial”.
María J. Oliveira señala dos significados del concepto. Uno más acotado, referido a “relaciones de parentesco concretas: mismos apellidos que se repiten a lo largo y ancho de la guía judicial, esto es, padres, hijos, sobrinos, cónyuges que ocupan distintos cargos en la justicia…” (2). Oliveira Agrega otro más amplio que trasciende las relaciones de consanguinidad y que se refiere a la “pertenencia a ciertos clanes o grupos de interés (e ideológicos) que conforman una malla de relaciones tejida a partir de lazos de amistad, camaradería, compañerismo, vecindad…” (3). Incluye además en ese concepto ampliado a espacios de sociabilidad compartidos por los miembros de esa “familia” como colegios, clubes, barrios y lugares de veraneo.
Tal vez una de las comprobaciones más vigentes de aquellas reflexiones sea lo sucedido durante el juicio y condena a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner celebrado en el año 2022. En una de las audiencias, uno de los integrantes del Tribunal, el Dr. Rodrigo Giménez Uriburu sorbía exhibiendo feliz un mate con el logo del equipo de fútbol “Liverpool” que integraba junto al fiscal del caso, Diego Luciani, y al Juez de la Cámara Federal, Mariano Llorens, que jugaba de arquero.
Las imágenes recorrieron el mundo y motivaron la recusación de los magistrados por parte de varios letrados defensores. Si bien el cuestionamiento acerca de la parcialidad evidente del tribunal no resultó exitoso, dejó al descubierto el cinismo con que suelen manejarse dentro de ese exclusivo círculo de poder. Ello quedó más palmario aún cuando tomó estado público que los nombrados y su equipo de fútbol, jugaban partidos en la quinta “Los Abrojos” de propiedad del expresidente Mauricio Macri.
A medio siglo del golpe
En un rápido recorrido por los cincuenta años transcurridos desde aquel trágico 24 de marzo, se destacan tres momentos que resultan significativos para el contenido de estas líneas.
Una primera etapa de esperanza caracterizada por la decisión de Raul Alfonsín (Decreto 158/83) por la cual dispuso el juzgamiento de los integrantes de las tres juntas militares que gobernaron el país en dictadura. Luego de una frustrada etapa ante el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, el caso fue tramitado por la Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal en un expediente que se conoció como “causa 13” y que derivó en el juzgamiento y condena del 9 de diciembre de 1985 de algunos de los principales responsables de la dictadura genocida. Se trató de un proceso histórico ya que los criminales fueron juzgados por un tribunal ordinario del país en que se produjeron los delitos, hecho inédito hasta ese momento en el mundo.
Este notable avance fue sucedido por una etapa de retroceso en materia de DDHH caracterizado por la sanción de dos leyes de impunidad conocidas como de “Punto Final” de 1986 (23.492) y “Obediencia debida” de 1987 (23.521). Estas normas dejaban sin sanción la inmensa mayoría de los delitos cometidos durante la dictadura. La etapa se completó en 1989 y 1990 con los indultos de Carlos Menem.
A continuación, se sucedieron largos años de impunidad hasta que, en el 2003, el Congreso de la nación anuló las leyes de Punto Final y Obediencia debida lo que habilitó una nueva etapa a partir de 2006 con el juzgamiento y condena de genocidas, comenzando ese año por Miguel Osvaldo Etchecolatz.
Retroceso actual y negacionismo
A dos décadas de comenzado el proceso actual de juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad, el país atraviesa un nuevo período de retroceso en materia de Derechos Humanos nunca visto en democracia. Así, por primera vez en el país un presidente anuncia públicamente y sin eufemismos, su objetivo de destruir al Estado y hacer daño a la población. Javier Milei ha reiterado verbalmente esa decisión en inumerables oportunidades y ha transformado su discurso en acto. Lo hizo a través de Decretos y diversas medidas ejecutivas que en dos años han tenido efectos devastadores sobre los sectores más vulnerables de la sociedad.
Baste señalar como dramática síntesis que el presidente Milei logró aumentar la mortalidad infantil en el país en un 6,25 %, quebrando una tendencia de descenso de 20 años. Respecto de las personas mayores de 65 años, debido a la falta de medicamentos y restricciones alimentarias, la mortalidad en el año 2024 fue superior en un 9 % a la de 2023.
Igualmente, en el actual proceso de desintegración social, el negacionismo explícito del régimen no se limita a los horrores de la dictadura genocida o a la cifra de 30.000 desaparecidos. Se niegan, además, los derechos esenciales de millones de habitantes del país a quienes deliberadamente se les degrada cada día su condición humana y se toman medidas para que enfermen y mueran los más débiles.
En síntesis, Argentina atraviesa un momento de crisis humanitaria estructural en la cual bestias insaciables se apoderaron del Estado para destruirlo y enriquecerse obscenamente. Frenarlas no es una opción, es una necesidad existencial.
Después, siempre es tarde.
Referencias:
(1) María José Sarabayrouse Oliveira “Rupturas, continuidades y lealtades en el Poder Judicial” en “Usted también doctor?”, Juan Pablo Bohoslavsky, Siglo XXI editores, CABA, 2015, pág. 181.
(2) Ibid. Pág. 184
(3) Ibid. Pág. 185
*Ex Juez de Cámara Federal y ex presidente del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 1 de La Plata.

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