
A través de ejemplos que van desde la Roma antigua hasta la Argentina actual, Carbone sostiene que la corrupción implica la captura del Estado por intereses privados y una ruptura del bien común. El caso Adorni aparece como una pregunta abierta sobre quiénes se benefician realmente cuando los bienes comunes quedan subordinados a negocios particulares.
Por Rocco Carbone*
(para La Tecl@ Eñe)
La palabra corrupción tiene muchos significados. Para empezar a discriminar: cuando fuerzas reaccionarias acusan de “corrupto” a un gobierno popular organizan un movimiento distractivo tendiente a fomentar la indignación. El verdadero nombre de la corrupción del poder popular es redistribución social de la riqueza. Y ninguna forma del capitalismo puede tolerarla porque el capitalismo implica la privatización de lo común. La palabra corrupción nombra los apetitos perversos y las pasiones facciosas de un poder que no admite límites en la clave de la privatización de lo común. Indica un desborde de poder. Es un exceso: un sin límite. En la palabra corrupción se cifra la propia insaciabilidad del capitalismo.
Corrupción puede indicar el resultado negativo de una acción o de un fenómeno natural. El agua que se inmoviliza durante un tiempo largo se corrompe, como se corrompe un cadáver. En este caso, “corrupción” significa descomposición, desintegración, putrefacción. Puede significar también degeneración, cuando se refiere a un conjunto de cosas o a un concepto de carácter más general. Por ejemplo, las costumbres, la sociedad, un gobierno, etc. Refiere también a alguien que tiene el cor ruptum, o sea, el corazón roto, arruinado, en descomposición, manchado por algo. De allí que corrupción nombre una acción que incita a cometer un delito. Ese delito puede afectar a una persona: “la corrupción de un menor”, por ejemplo, que implica cometer un acto de carácter sexual contra una persona menor de edad; o puede referir a un delito contra la administración pública, en este caso refiere a un funcionario público que se enriquece ilícitamente con su función. Y, de hecho, cuando escuchamos la palabra corrupción, imaginamos el pago de un soborno o de una comisión ilegal que un empresario, un testaferro o algún sujeto opaco le entrega a un funcionario público.
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El funcionario corrupto parasita su función, abusa de su poder con el propósito de obtener un beneficio para sí o para otros de su entorno. El sujeto corrupto usa en beneficio propio lo que debería ir en beneficio de todxs: del bien común. Cristina no puede ser ubicada en este espectro pues a lo largo de los años que sostuvimos la idea de Patria Grande se cuidó el bien común. Incluso dentro de la trama de la vida capitalista -cuestión acuciante que implica un problema en sí en la clave de la organización de la alternativa emancipatoria-, la clase que organiza su vida alrededor del trabajo estaba en una situación tendiente a la igualdad; o, al menos, al intento de reducir las desigualdades. Esa clase tenía en sus manos una cuota considerable de poder.
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El sujeto corrupto en el lugar del bien común ubica un interés particular, que afecta toda perspectiva comunal, o sea, general. En términos más amplios -institucionales-, hay corrupción cuando los gobernantes o los reguladores son “capturados” por los gobernados a través de prácticas de presión (lobby) no reglamentadas por las normas; o cuando son “capturados” por la influencia de sujetos o grupos poderosos que inciden en la actividad administrativa y/o legislativa y/o judicial. En otro orden de cosas, que no son nada secundarias en nuestra Argentina, la corrupción institucional se verifica también cuando se produce un desorden normativo a través de la multiplicación de normas excesivamente largas y de difícil decodificación en tiempos breves; si seguimos a Rocco Sciarrone en Il mondo di mezzo e l’area grigia (2017). Por ejemplo, la Ley de Bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos (Ley 27.742), preparada por Federico Sturzenegger, en su versión inicial contaba con 664 artículos.
La corrupción se precipita cuando se solicita, se ofrece, se da o se acepta -directa o indirectamente- una comisión ilícita o cuando se promete una ventaja indebida. De esta manera se perjudica el ejercicio normal de una función pública o la conducta (reglamentaria) de quien se beneficia de la comisión ilícita, de la ventaja indebida o de la promesa de una ventaja. La corrupción entonces es una especie de contrato. Ese acuerdo sin embargo tiene una singularidad: las prestaciones recíprocas se organizan alrededor de un acto ilícito. El pacto inherente a la corrupción refiere al ejercicio ilícito de un poder público que fuerza a la función pública a responder a fines e intereses privados. La corrupción entonces privatiza lo público. Se trata, entonces, de un fenómeno social y político criminal.
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La corrupción es tan antigua como el mundo. En el Imperio Romano podemos recordar varios gobernadores de provincias que se enriquecieron ilícitamente. Se hacían entregar dinero o regalos suntuosos a cambio de beneficios políticos y económicos. Uno de los casos más conocidos es el de Gaio Licinio Verre, noble romano que ocupó varios cargos y fue propretor de Sicilia. Verre utilizó la corrupción como instrumento para su enriquecimiento personal y para aumentar su poder político. Recibía bienes a cambio de favores: informaciones, descuento de impuestos, concesión de negocios, etc. Finalmente, se lo enjuició, en el año 70 a. C. La acusación pública se llevó a cabo en el foro romano, en las adyacencias del Coliseo, y la organizó Marco Tulio Cicerón. Luego del juicio escribió una obra: In Verrem, o sea, Contra Verre. Cicerón se convirtió en senador y Verre fue condenado a pagar tres millones de sestercios, zafó de la pena de prisión porque fue desterrado, probablemente a Galia, y no volvió más Roma. De aquí se deriva una enseñanza: que una condena que incide en los cargos administrativos o electivos del condenado puede resultar mucho más eficaz que su detención. Además, afectar el patrimonio de un corrupto, o sea, confiscar sus bienes, debilita su capacidad económica y también, indirectamente, su capacidad de seguir cometiendo otros delitos.
En la Divina Commedia, Dante ubica a los corruptos en el séptimo círculo del infierno. Los llama barattieri -comerciantes berretas: es posible que de ahí provenga la palabra del lunfardo baratieri– y los considera culpables de utilizar sus cargos para enriquecerse a través de la compraventa de decretos, permisos y privilegios. El suplicio que sufren consiste en estar totalmente sumergidos en una resina negra e hirviente. Si tratan de asomar la cabeza, i malebranche, diablos alados, negros, y armados con palos y ganchos, los atormentaban y obligaban a sumergirse de nuevo, completamente.
La corrupción es un problema grave que constituye una amenaza para la justa administración, para la igualdad, para la justicia social. Además, distorsiona la competencia porque obstaculiza el desarrollo económico y pone en peligro la estabilidad de las instituciones democráticas, los fundamentos morales de la sociedad y la justicia.
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Guiadxs por las reflexiones de Raffaele Cantoni y Enrico Carloni en Corruzione e anticorruzione (2018), es posible sostener que existen por lo menos tres tipos de corrupción: episódica, organizada, mafiosa.
La episódica es puntual. Supone un do ut des (te doy para que me des) entre dos personas. En esta relación, uno paga o promete y otro recibe o acepta la promesa. Es el caso de una persona (un ciudadano común o un empresario) que en una relación con la administración pública ofrece un soborno, aceptado por su interlocutor. Este suele ser un funcionario público de nivel medio-bajo que lo ayuda a eludir o superar un obstáculo burocrático.
La organizada presenta una situación más compleja. En este caso, el pago al funcionario público constituye un criterio (casi sistemático) para la gestión de negocios, de actividades económicas y empresariales. En este caso, se organiza una especie de estructura que ofrece ciertos “servicios”: la resolución de problemas burocráticos, administrativos, y la facilitación de oportunidades de trabajo dentro de todos los sectores del Estado. Esta estructura cuenta con personas de contacto en distintos ámbitos, en particular en la administración pública y a menudo, también, en la esfera judicial. El funcionario público en este caso suele ser un sujeto de alto nivel y es remunerado más allá de una actuación específica. Su ayuda puntual importa menos que su disponibilidad para intervenciones futuras. Además, su elección o su nombramiento en tal o cual cargo del Estado es favorecido por la lógica de los intereses de la organización criminal. En esta estructura, los funcionarios públicos y los corruptores no ocupan posiciones contrapuestas; son protagonistas de un mismo proyecto, con un programa serial, de larga duración, de actividades ilícitas. Una característica de este tipo de corrupción es que el soborno casi nunca es pagado directamente por el sujeto interesado. De esta tarea se encargan los “intermediarios” o “facilitadores”, que actúan como mediadores. Estos sostienen el contacto con el funcionario público. Este no recibe una remuneración solo en dinero, sino a menudo (también) con promesas de cargos, asesorías para sí o para sus allegadxs, promociones profesionales o puestos de trabajo para familiares, viajes, etc. Este tipo de corrupción supone un tipo de sociedad que integra a corruptos y corruptores.
La mafiosa implica la mafialización del Estado. Esto supone ante todo que el funcionario público ya no es un sujeto corrompible, sino un mafioso y como tal trabaja para disponer lo común en función de intereses privados. Las organizaciones mafiosas necesitan mantener relaciones con las instituciones, infiltrarlas, ponerlas a disposición de su poder para reforzar su control sobre el territorio, gestionar los bienes comunes y ampliar el indispensable consenso social. Mafializar el Estado significa enquistar en él un doble poder, un poder privado, que privatiza lo público. Significa colonizar el aparato burocrático y político para organizar una línea de acción contra la clase trabajadora, lo popular, sus referencias políticas nacionales e internacionales. El poder mafioso ha dejado de lado -en parte- el sometimiento clásico basado en la intimidación y la amenaza. Ha entendido incluso que un funcionario corrupto, por más sometido y obsecuente que sea, es peor que un hombre propio ubicado en el corazón de la función púbica. Mafia nombra un poder privativo de lo público: implica privar de lo público a las grandes mayorías. Las organizaciones mafiosas han empleado desde tiempos inmemoriales la corrupción como una herramienta para aumentar su poder y su fuerza económica. La relación entre mafia y corrupción ha evolucionado, sin duda. Las organizaciones han puesto su libido en el sector de la salud, por su condición estratégica, pues supone importantes ingresos y permite entramar un vínculo muy fuerte entre lxs ciudadanxs y las instituciones sanitarias de las que depende su bienestar; en la gestión de lxs migrantes (a través de nuevos aparatos policiales); recientemente, en las criptomonedas.
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Bolchevísticamente, recuerdo que el difunto Papa dedicó unos cuantos pasajes a la cuestión de la corrupción. Afirmó que los funcionarios que rifan las funciones y el poder públicos al mejor postor ganan “pan sucio”. Otro pasaje más destacable de Francisco fue este: “el pecado se puede perdonar, la corrupción, no”. Y, de hecho, propuso que, ante un hecho corruptivo, la Iglesia respondiera con su mayor sanción: la excomunión. No se trata de cuestiones menores pues la religión católica hace del perdón del pecado su centro existencial. La corrupción queda, así, más allá del pecado. Tal como el fascismo se ubica más allá de las fronteras de la democracia. A estas modalidades de poder un gobierno popular deberá asignarles destierro y soledad.
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¿A quién benefició Adorni, en un país como la Argentina, lleno de materias primas -que en verdad son bienes naturales comunes-, necesarias para las actividades industriales de países más sofisticados que el nuestro (en ese punto)?
Si Adorni ha aceptado sobornos para asignar concesiones estatales quiere decir que los sujetos a los que sirve no podían obtenerlas por sí mismos, reglamentariamente. ¿Ha sido corrompido él o él ha corrompido el Estado, privatizándolo?
La utilización de lenguaje inclusivo es decisión del autor.
Domingo, 17 de mayo de 2026.
*Filósofo y analista político. CONICET.

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