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Propiedad privada y Constitución – Por Hugo Presman

Hugo Presman desarrolla en esta nota la idea de que una Constitución no es un acuerdo celebrado en abstracto sino que revela una relación de fuerzas en un momento dado. Así la Constitución de 1853 se sanciona después de la Batalla de Caseros en la que triunfaron las fuerzas del modelo de economía primaria exportadora. En cambio la Constitución peronista de 1949 reflejó el predominio del modelo de sustitución de importaciones y la ampliación de derechos para los sectores populares. La del 1994, en pleno invierno neoliberal, fue una especie de canje entre la necesidad de Menem de ser reelecto y la de Alfonsín de sacarle algunas concesiones. En cada una de esas dos primeras Constituciones, el derecho de propiedad está legislado desde distintas perspectivas. Lo insólito es que periodistas del establishment, por ignorancia o por motivos pocos elogiables, se pregunten si el presidente Alberto Fernández cree en la propiedad privada.   

Por Hugo Presman*

(para La Tecl@ Eñe)

 

El periodista Luis Novaresio inició uno de sus editoriales diarios con una pregunta: “¿Cree el presidente Fernández en la propiedad privada?” Un rato antes por el mismo canal América, el periodista Jonatan Viale se quejaba, como lo hace todos los días, del maltrato a la clase media,  que no se respeta la Constitución y la propiedad privada,  y que el problema que afecta a la Argentina es moral. Es por lo menos impúdico, equivalente a mentar la soga en la casa del ahorcado, hablar de moral en el canal de Vila-Manzano. El primero debería aclarar situaciones patrimoniales poco claras y el segundo pasó a la historia con la frase “robo para la corona” (luego construiría su fortuna manejando capitales espurios del cubano Mas Canosa). A su vez desde los sectores del establishment, su ceguera eterna los hace ubicarse enfrente del peronismo a contramano de los abultados cuadros de resultados positivos que obtienen durante esos gobiernos. La obnubilación ideológica los lleva a ver en Cristina Fernández una síntesis superlativa de Lenin, Trotsky y Chávez. Una émula de Rosa Luxemburgo, en una adjetivación expresada desde el temor, y “Una pasionaria del Calafate” desde el cinismo y la descalificación.

El peronismo no es nada más, pero tampoco nada menos en sus mejores versiones, que una revolución en términos burgueses, lo que implica un desarrollo capitalista con inclusión social y ampliación de derechos, la redistribución del ingreso hasta un 50% para los sectores populares, atenuación importante de las desigualdades, transferencia de parte de la renta agraria a la industria, estatización de los resortes básicos de la economía,  política exterior relativamente independiente, bajo el concepto de la tercera posición. El peronismo reemplaza la debilidad de la burguesía industrial nacional, carente de un proyecto capitalista que incluya a los sectores populares. La torpeza es tan enorme que esa burguesía industrial termina apoyando lo que la perjudica y oponiéndose a lo que la beneficia. Como los dóberman, cuando están enojados, no reconocen quienes son los reales amigos.

El origen y desarrollo del peronismo va a contramano de la idea de ir contra la propiedad privada, aunque en su concepción nacional y popular pueda llegar a nacionalizarse medios de producción. Pero confundir la estatización de los ferrocarriles,  el correo o el agua corriente contemporáneamente, y deducir de ahí la posibilidad de que se generalice la estatización de campos e industrias, y en el colmo de la desmesura la apropiación de tu casa, es confundir tendenciosamente aserrín con pan rallado.    

 

LA CONSTITUCIÓN DE 1853

La Constitución es una ley desenvuelta en forma sistematizada. En su redacción se expresa una determinada relación de fuerzas, al momento de reunirse la convención constituyente.

En nuestro país, la Constitución de 1853, que con algunas modificaciones (1860, 1957, 1994) es la que nos rige actualmente, se sancionó luego de la batalla de Caseros ocurrida el 3 de febrero de 1852, en la que los ejércitos compuestos por fuerzas del Brasil, el Uruguay, las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Santa Fe y los unitarios exiliados, -todos liderados por Justo José de Urquiza, gobernador de Entre Ríos, pero instigados por Gran Bretaña- derrotaron al ejército de la Confederación Argentina conducido por  Juan Manuel de Rosas.

Los sesenta años de las guerras civiles argentinas (1820-1880) tienen su origen en que Buenos Aires (lo que hoy es la actual capital y toda la provincia) se negaba a coparticipar las rentas de la aduana. Las dos clases dominantes en esta provincia tenían un punto en común: no nacionalizar la renta aduanera; pero políticas disimiles: los comerciantes importadores querían arrasar las provincias norteñas, para tener un mercado despejado para colocar los productos importados. Los hacendados, de los cuales formaba parte Rosas, no quería destruir las artesanías de las provincias, sino que las protegió con la Ley de Aduanas de 1835, pero al mismo tiempo se negaba a redistribuir los ingresos aduaneros. A su vez, las provincias litoraleñas tenían con Buenos Aires coincidencias económicas fundamentales produciendo lo mismo, pero el antagonismo de no participar de la renta. De ahí las fluctuantes alianzas. En cambio las provincias norteñas, por sus actividades económicas, tenían contradicciones fundamentales, que descartaban de pleno la alianza con la provincia más rica.

La Batalla de Caseros fue el prólogo de la de Pavón, en 1a que en un combate inexistente, Bartolomé Mitre derrotó a un Urquiza que rehuyó la lucha y se volvió a su mansión en Entre Ríos. Ahí concluye la guerra y comienza la cacería brutal que continuará hasta 1880. Es muy significativo que, contemporánea a la batalla de Pavón, comienza la guerra de secesión en EE.UU, que concluye cuatro años más tarde en 1865. La batalla de Gettysburg en 1863 empieza a inclinar la balanza hacia el norte industrial. En cambio aquí en el Sur, la relación de fuerzas se inclina hacia el Sur agropecuario. Surge la idea de la colonia próspera, una relación complementaria donde Inglaterra es el taller y la Argentina el granero. Se entra en la división internacional del trabajo que según el escritor uruguayo Eduardo Galeano, consiste “en que unos países se especialicen en ganar y otros se especialicen en perder.” Los epígonos y propagandistas de la Argentina colonial dirían como los actuales, que el país había entrado al mundo 

La Constitución de 1853 es elaborada en este clima que consolida una correlación de fuerzas que concluirá en el triunfo porteño.  

 

La “Unión Nacional”, punto clave en la Constitución de 1853

 

Para ser claros y actuales: aquí ganan los antecesores de Etchevehere como clase social.

Y los triunfadores redactan la constitución que le de sustento y defensa a sus intereses. Así se redacta el artículo 17: “La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley.”

Mientras se arrasaba con las provincias norteñas, el mismo conglomerado de fuerzas internacional conducido por Mitre, y nuevamente con Inglaterra como instigadora, libró una guerra, más correctamente un genocidio (1865-1870) contra el Paraguay conocida como “La guerra de la Triple Infamia”. El resultado fue la demolición del Estado más desarrollado de América Latina y el exterminio de dos tercios de la población.

Hacia 1880, las provincias con incipientes industrias fueron devastadas, el Paraguay demolido, mientras comerciantes importadores y hacendados se fusionaban en lo que constituiría el poder económico: la oligarquía.

 

LA HISTORIA IMAGINATIVA Y LA CONSTITUCIÓN DE 1949

El modelo de economía primaria exportadora había iniciado un recorrido triunfal que abarcó el ciclo 1880 a 1930. El país de los ferrocarriles ingleses diseñados para confluir en Buenos Aires con tarifas diferenciales según se fuera de Buenos Aires a Tucumán, más barata que la de Tucumán a Buenos Aires, para alentar lo importado y desalentar lo nacional; la del primer subte en 1913, la Argentina del Centenario con la construcción del Teatro Colón y el Congreso. Un país donde su clase dominante tiraba manteca al techo en París y donde esa exuberancia llevó a acuñar la expresión “tan rico como un argentino”. Un país de vacas gordas y peones flacos, como lo consignó el “Informe sobre el Estado de las clases obreras en el interior de la República” del Dr. Juan Bialet Massé encomendado por Joaquín V González, el Ministro del Interior del Presidente Julio Argentino Roca.

La primera guerra mundial dio el puntapié inicial de la industria de sustitución de importaciones que se aceleraría con la crisis de 1929. La burguesía industrial no nace como un desarrollo propio sino a consecuencia de las crisis del capitalismo mundial.

 

La Constitución de 1949 y el proyecto del peronismo | Revista Anduma

 

En esa naciente industria se insertaron los obreros y a través de las migraciones internas, los descendientes de los derrotados de las guerras civiles del siglo XIX, cuyo bautismo fue el 17 de octubre. Del interior del modelo de economía primaria exportadora surge el modelo de sustitución de importaciones. El modelo triunfador del siglo XIX, aunque con profundo desagrado, se vio obligado a convivir, desde la segunda mitad del siglo XX, con el modelo de sustitución de importaciones representado por el peronismo, el que desde 1945 al 1955 concretó una revolución burguesa de una solidez tal que no pudo ser exterminado ni con bombardeos, fusilamientos, proscripciones, terrorismo de estado y traiciones propias.

La constitución peronista se sanciona en la mejor etapa del primer gobierno de Juan Domingo Perón. Una situación muy diferente la de 1949 a la de 1853. Una relación de fuerzas con empoderamiento de los derrotados del siglo XIX. En esa Constitución con ampliación de derechos se aborda el tema de la propiedad. Así en el artículo 38 puede leerse: “La propiedad privada tiene una función social y, en consecuencia, estará sometida a las obligaciones que establezca la ley con fines de bien común. Incumbe al Estado fiscalizar la distribución y la utilización del campo o intervenir con el objeto de desarrollar e incrementar su rendimiento en interés de la comunidad, y procurar a cada labriego o familia labriega la posibilidad de convertirse en propietario de la tierra que cultiva.” Y luego el mismo texto que en la de 1853: “La expropiación por causa de utilidad pública o interés general debe ser calificada por ley y previamente indemnizada.”  

Esta frase común entre dos constituciones que expresan modelos diferentes y antagónicos, no las consideran los que se preguntan ya sea con maliciosa intencionalidad, por complicidad o directamente por ignorancia, que hay situaciones en que el derecho de propiedad no es absoluto y que puede ser expropiado en ciertos casos mencionados.

Por otra parte la Constitución peronista incorporó los muchos avances sociales del Estado de Bienestar.

La Constitución de 1994, redactada en plena ofensiva neoliberal e impulsada básicamente por Carlos Menem para obtener la posibilidad de reelección, llevó a Raúl Alfonsín, que consideraba que la relación de fuerzas favorecía claramente al presidente, a concretar el Pacto de Olivos en el cual a cambio de la reelección de Menem obtuvo para el radicalismo el tercer senador por la minoría, la figura de jefe de gabinete, una especie de puente entre el sistema presidencialista y parlamentario absolutamente ineficaz. En lo demás, la Constitución anterior (1853-1860-1957) prácticamente quedó intocada.    

 

CONSTITUCIÓN NORTEAMERICANA

Terminada la Guerra de Secesión, la Constitución sancionada en Filadelfia el 17 de septiembre de 1787, tuvo tres enmiendas para incorporar las banderas levantadas por el

Norte industrial. La relación de fuerzas había cambiado y de ahí las enmiendas. La XIII, a pocos meses de la finalización de la guerra, abolió la esclavitud y la servidumbre en todos los estados. La XIV agregó el debido proceso y una cláusula sobre protección igualitaria que consiste en que los estados proporcionen igual protección ante la ley a todas las personas (no sólo a los ciudadanos) dentro de sus jurisdicciones.  La XV enmienda establece que los gobiernos de EE.UU no pueden impedir a un ciudadano votar, que los gobiernos no pueden impedir a un ciudadano votar por motivos de su raza, color o condición anterior de servidumbre  (esclavitud). Sin embargo hay que remontarse a la década del 60 del siglo XX para que verificar que esta cláusula se aplique.

 

 

Toma de tierras en Argentina: qué hay detrás de la "oleada" de ocupación de terrenos

 

PROPIEDAD PRIVADA Y CONSTITUCIÓN

La banalización del pensamiento; poderosas anteojeras ideológicas; una enseñanza de la historia nacional y latinoamericana impartida para ignorar y no para comprender; medios construidos para acentuar la desinformación alineados con el poder real, llevan a la burguesía nacional y franjas enormes de las clases medias y en las últimas décadas también sectores populares, a elegir a sus verdugos. En ese terreno abonado, prosperan fantasmas, temores, miedos infundados, deformaciones visuales, construcciones ideológicas que se alejan de la realidad y construyen pesadillas inexistentes. Sólo así se puede tener una deformación de lo que históricamente fue y es el peronismo. El movimiento que intenta un desarrollo capitalista con distribución es considerado un enemigo del capitalismo. El movimiento que mejoró y fortificó a las clases medias, es considerado en la era del triunfo cultural e ideológico del neoliberalismo, como el causante de todos los males del país. Y así se pueden observar manifestaciones opositoras donde se levantan banderas como la defensa de la Constitución y de la democracia, de la libertad de expresión cuando la inmensa mayoría de los medios, los más poderosos, están a favor de la oposición. Los más extremos hablan de dictadura por algunas restricciones a la movilidad o al ejercicio de ciertas actividades, en medio de una pandemia sin antecedentes desde hace más de un siglo. La desinformación lleva a movilizaciones incentivadas por el absurdo a levantar pancartas como “Todos somos el campo”, por gente que solo vio una vaca por televisión y “Todos somos Nisman”, cuando tres de las cuatro agrupaciones de familiares de las víctimas lo consideraban parte del problema; o “Todos somos Vicentin” apoyando a delincuentes vaciadores de la empresa.

Consideran que la ocupación de un terreno en Guernica, vinculándolo como si fuera lo mismo, a un problema hereditario de una familia muy rica y el ingreso de una heredera con integrantes de un movimiento social a una de sus propiedades, es tomado como un peligro al derecho de propiedad.

Los presuntos defensores del ejercicio irrestricto del derecho de propiedad obvian, vuelvo a subrayarlo, a la segunda parte del artículo 17 de la actual Constitución que establece un límite: “La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada.” Texto similar al consignado en la Constitución de 1853.

Cuando los movilizados en defensa de la Constitución o el ex presidente Mauricio Macri que quiere sentarse a dialogar con “la Constitución sobre la mesa”, seleccionan alguno de los derechos y no invocan, o directamente omiten otros como los establecidos en el artículo 14 bis que fueron incorporados por la Convención Constituyente de 1957 convocada por el “gobierno populista de la Revolución Fusiladora” que van desde “el acceso a una vivienda digna” obviado totalmente en las ocupaciones, a “participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección”.           

Todo un conjunto de mentiras e intencionadas omisiones llevan a recordar una precisa frase de William James, hermano del famoso escritor Henry James quien sostenía: “Un gran número de personas piensan que están pensando cuando no hacen más que reordenar sus prejuicios”

Teléfono, entre tantos otros, para Luis Novaresio y Jonatan Viale.

 

Buenos Aires, 10 de noviembre de 2020.

*Coconductor del programa radial EL TREN, con más de 17 años en el aire. Contador Público recibido en UBA. Fue profesor de Economía Política en la Facultad de Ciencias Económicas de la misma Universidad. Es Periodista. Sus trabajos son publicados en diversos medios nacionales e internacionales. Es autor del trabajo de investigación “25 años de ausencia” y participó con trabajos en los libros “Damián Carlos Álvarez Pasión por el libro” e “Insignificancia y autonomía”. Debates a partir de Cornelius Castoriadis.

Además es coautor del libro “Bicentenario de la Revolución de Mayo y de la Emancipación Americana».

1 Comment

  1. César Páez dice:

    Impresionante, comparto la indignación que genera revisar los discursos y nuestra historia sojuzgada.
    Gracias Hugo por la profesionalidad, la claridad, el compromiso y la calidad que siempre nos enseña a pensar.