La abogada y Magíster en Criminología Claudia Cesaroni, analiza en esta nota cómo en campaña electoral son utilizadas, para captar votos, demandas de más mano dura y mayor punitividad, lo cual equivale a plantear menos derechos y niños cada vez más chicos amenazados con el encierro penal.
Por Claudia Cesaroni*
(para La Tecl@ Eñe)
Como sucede en cada año electoral, o casi, parte de la campaña en busca de votos se construye sobre las consabidas demandas de más mano dura, más castigo, más cárcel, menos derechos para las personas privadas de libertad, y pibes cada vez más chicos amenazados con el encierro penal.
El homicidio de Roberto Sabo en la localidad de Ramos Mejía, el domingo 7 de noviembre, fue la oportunidad utilizada por los y las candidatas de Juntos y de Juntos por el Cambio para volver con el tema, en tanto con el varón de 29 años señalado como autor material del homicidio se encontraba una adolescente de 15, que sería su pareja.
La Argentina tiene incorporada con jerarquía constitucional –es decir, con el mismo valor que la Constitución Nacional- a la Convención Sobre los Derechos del Niño, que establece que es niño toda persona menor de 18 años. Toda persona quiere decir eso: toda, incluso por supuesto, una persona que se encuentra involucrada en un hecho delictivo. Además, la Argentina tiene un sistema penal para adolescentes, que se llama Régimen Penal de la Minoridad (Ley 22.278), que establece que la edad de punibilidad, es decir, la edad a partir de la que se puede someter a proceso penal y por ende imponer una pena, son los 16 años. Es una creación de la dictadura, firmada por Videla y su ministro de justicia, Alberto Rodríguez Varela. Simbólicamente eso resulta toda una señal: sometemos a proceso penal a nuestrxs adolescentes con una norma firmada por un genocida y uno de los arquitectos jurídicos de la última dictadura cívico militar. Ese solo es motivo suficiente para derogarla y sancionar una ley de la democracia, dirigida a intervenir en los casos en los que un/a adolescente de 16 o 17 años cometa un delito. Otro motivo que hace necesaria su derogación y la creación de un nuevo sistema, es que, como no establece topes a las penas aplicables a adolescentes punibles –reitero: a los que tienen más de 16 años y menos de 18-, tribunales de nuestro país han aplicado y aplican penas brutales, de 20, 24, 27 y hasta 34 años de cárcel a adolescentes. Es decir, de hasta dos veces la vida vivida hasta el momento de cometer el delito por el que son condenados.
Entonces: tenemos una ley de la dictadura, que permite que se apliquen penas inconstitucionales. Lo son –o sea, violan la Convención Sobre los Derechos del Niño, y por ende la Constitución Nacional- por lo largas, porque no cumplen ningún objetivo de reinserción de esos adolescentes, porque no se pueden revisar periódicamente, como lo establece el derecho internacional para las condenas que se imponen a adolescentes, porque se cumplen en instituciones de adultos, sin que exista un sistema de ejecución especializada, como también ordena la normativa internacional.
Esa ley, que hay que derogar, tiene algo que hay que preservar: la edad de punibilidad establecida en los 16 años, una decisión que tomó el primer peronismo en el año 1954; que bajó la dictadura a 14 años en 1980, y que poco antes del retorno democrático, en mayo de 1983, volvió a fijarse en los 16 años. Suele usarse como argumento para intentar bajar esta edad a 15 o 14 años –el inefable diputado mendocino Luis Petri acaba de presentar un proyecto en esa dirección- que la Argentina es el único país de América Latina que tiene una edad tan “alta”. No es el único: Cuba tiene fijada la misma edad. Obviamente, lo que para nosotrxs –las decenas de personas y organizaciones que militamos activamente contra la baja de edad de punibilidad-, eso es un mérito, no un problema. También la Argentina es el único país de América Latina que tiene políticas públicas sociales, la mayoría desarrolladas durante los gobiernos peronistas, que alcanzan, además de la infancia, a otros colectivos y sectores. El derecho laboral, el derecho previsional, los derechos de las mujeres y las disidencias, el acceso a la vivienda, a las vacaciones pagas, al aguinaldo, nos distinguen del resto de los países. Y está bien porque significan más y mejores derechos para los sectores populares. La edad de punibilidad “alta” no es un problema, es un modo de garantizar, también, más y mejores derechos para nuestrxs pibes y adolescentes. ¿Por qué? Porque la cárcel, el encierro y el sistema penal son selectivos, discriminatorios, estigmatizantes. Porque se atrapa a los más fáciles de elegir, no a los más peligrosos. Porque, en un país que, según datos oficiales, tiene al 54 % de su población de menos de 14 años, y al 48 % de la franja de 15 a 29, bajo la línea de pobreza, lo que el Estado y la sociedad tienen que preguntarse es cómo se cumplen los derechos básicos de los que millones de niñas, niños y adolescentes están excluidos, justamente, en razón de vivir en la pobreza.
De esos millones de pibas y pibes, muy poquitos se ven involucrados en hechos delictivos antes de los 16 años. Y con esos poquitos, no decimos que no haya que hacer nada. Lo que decimos, defendemos y sostendremos cada vez que un o una miserable vuelva a plantear meter presos a pibes y pibas de 14 años, o uno o una o varies pusilánimes terminen cediendo a las demandas de mano dura –que no son otra cosa que más dolor y castigo- es que hay que hacerlo por fuera del sistema penal. Volviendo al caso del homicidio de Roberto Sabo, ¿decimos que no debe haber ninguna intervención con la adolescente de 15 años, luego de que habría participado en un hecho tan grave? No. Decimos que sí hay que hacer cosas. En cualquier otra circunstancia la veríamos como víctima de un varón adulto, que casi la dobla en edad. Incluso, muy probablemente se lo juzgaría penalmente por esa relación. En este caso, esa situación ni siquiera se analiza. Ella pasa a ser una criminal, a pesar de su corta edad, su muy probable sometimiento al adulto que acompañaba, y a que no es punible. Se pueden hacer muchas cosas con esta adolescente: acompañarla para que construya una vida acorde a la de cualquier chica de 15 años que tengamos cerca, a la de nuestras hijas, sobrinas, hermanas, alumnas. A los 15 años hay que estar en la escuela secundaria, que en nuestro país es obligatoria. Y si está embarazada como se afirmó en un principio, hay que acompañarla tanto si desea continuar con ese embarazo, como si desea interrumpirlo. Luego, se le puede brindar atención psicológica, si la requiere; verificar su situación familiar; construir un sistema de contención afectiva si no la tiene. Todo eso es posible y necesario hacerlo por fuera del sistema penal, es decir, en el ámbito del sistema de protección de derechos construido por la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, N° 26.061, votada en 2005, y pensada justamente para restituir derechos vulnerados a todas las personas menores de 18 años.
Los candidatos y candidatas que pertenecen a la fuerza política que condenó a la pobreza a millones de niñas, niños y adolescentes y sus familias, con un endeudamiento criminal y con el dinamitamiento de políticas públicas, carroñea sobre el cadáver de una persona asesinada brutalmente, para proponer supuestas soluciones que –otra vez- solo significan más dolor, encierro y castigo para nuestrxs pibes y pibas.
Nosotrxs repetimos con Evita que los únicos privilegiados son los niños, y con José Martí, que los niños nacieron para ser felices. Y defenderemos, frente a cada nueva embestida, esos privilegios y ese derecho a la felicidad.
Buenos Aires, 13 de noviembre de 2021.
*Abogada, Magíster en Criminología y docente.
Integrante del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC) y de la Red Argentina No Baja.
Recientemente se publicó su último libro por Editorial Paidós: “Contra el punitivismo. Una crítica a las recetas de la mano dura”.