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	<title>Lesa Humanidad archivos - La Tecl@ Eñe Revista</title>
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	<description>Una Revista de Opinión</description>
	<lastBuildDate>Sun, 22 Mar 2026 22:58:28 +0000</lastBuildDate>
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	<title>Lesa Humanidad archivos - La Tecl@ Eñe Revista</title>
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		<title>Napalpí: quedan jueces en la Argentina &#8211; Por E. Raúl Zaffaroni</title>
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		<dc:creator><![CDATA[La Tecl@ Eñe]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 26 May 2022 23:57:28 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacada]]></category>
		<category><![CDATA[E. Raúl Zaffaroni]]></category>
		<category><![CDATA[Juicios por la Verdad]]></category>
		<category><![CDATA[La Tecl@ Eñe]]></category>
		<category><![CDATA[Lesa Humanidad]]></category>
		<category><![CDATA[Masacre de Napalpí]]></category>
		<category><![CDATA[Zaffaroni]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La justicia federal del Chaco consideró que la Masacre de Napalpí constituye “un crimen de lesa humanidad cometido en el marco del genocidio de los pueblos indígenas”. Este veredicto, que formará parte de una sentencia histórica, nos permite echar un vistazo sobre la base de la estructura de nuestra magistratura y sorprendernos con su destello de luz entre tanta oscuridad.</p>
<p>La entrada <a href="https://lateclaenerevista.com/napalpi-quedan-jueces-en-la-argentina-por-e-raul-zaffaroni/">Napalpí: quedan jueces en la Argentina &#8211; Por E. Raúl Zaffaroni</a> se publicó primero en <a href="https://lateclaenerevista.com">La Tecl@ Eñe Revista</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph"><strong><em>La justicia federal de Chaco consideró que la Masacre de Napalpí constituye “un crimen de lesa humanidad cometido en el marco del genocidio de los pueblos indígenas”. Este veredicto, que formará parte de una sentencia histórica, nos permite echar un vistazo sobre la base de la estructura de nuestra magistratura y sorprendernos con su destello de luz entre tanta oscuridad.</em></strong></p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph"><strong>Por E. Raúl Zaffaroni*</strong></p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph"><em>(para La Tecl@ Eñe)</em></p>



<div style="height:40px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<p class="has-drop-cap has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Desde hace siete años la justicia federal de Buenos Aires concentra en dos jueces de primera instancia la casi totalidad de las causas contra funcionarios del gobierno de Cristina Kirchner. En la Casación, dos jueces concentran también todos los planteos de incompetencia en esos procesos y absorben la de otros en causas que involucran a funcionarios del gobierno de Macri. Todo esto se jalona con sorteos en que el azar provee coincidencias increíbles. Pero los dos afortunados jueces de la máxima instancia penal federal también visitaron quince veces a Macri, por “vieja amistad” y para “jugar al paddle” y, por otra casualidad, algunas de sus visitas coinciden con resoluciones por las que éste los felicitó públicamente y también criticó a la jueza que votó en disidencia. Estos son algunos, <strong>entre otros hechos</strong>.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">En el curso de los procesos se cometieron varios prevaricatos, pero el más claro fue procesar por traición a la Nación sin que hubiese ninguna guerra, aunque no lo fue menos inventar un nuevo impedimento para la excarcelación (los “vínculos residuales”). Tampoco lo fue detener a quienes si las citaban hubiesen ido caminando, en la madrugada y en ropas de dormir o disfrazarlos “por razones de seguridad<em>”</em> y mostrarlos a las cámaras de televisión, o admitir que un fiscal procesado siga actuando amparado en sus fueros, o que se persiga a una fiscal porque sacó a luz un “arreglo” en favor de la familia de Macri, es decir, algunos <strong>entre otros hechos</strong>.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Y todo eso lo mira con indiferencia una Corte Suprema integrada por dos jueces que aceptaron sin pestañear un posible nombramiento sin acuerdo del Senado, que quiso aplicar el cómputo del 2&#215;1 a los genocidas que nunca habían estado en prisión preventiva, que luego lo revocó admitiendo en dos votos la aplicación retroactiva de la ley penal, que resolvió una cuestión técnica epidemiológica con riesgo masivo para la salud y la vida sin escuchar a ningún perito, que legisló declarando vigente una ley derogada para apoderarse del control del Consejo de la Magistratura, que ante un recurso que probaba por instrumento público que a un testigo “clave” se le había pagado con un hotel respondió con un “certiorari” (no me interesa), que admitió el traslado de jueces por disposición del Ejecutivo, y uno de cuyos integrantes tuvo algo que ver en la cordial “demora” de un senador, para que no pueda votar en favor de un juez “indócil”, por cierto que <strong>entre otros hechos</strong>.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Además, tenemos un poder judicial en una provincia integrado por parientes, en que son jueces de su máximo tribunal local los diputados que votaron la creación de su propia vacante, que condenó a una dirigente porque el Ejecutivo “con ella suelta no podía gobernar”, que clonó procesos, que incumplió medidas provisionales de la Corte Interamericana y que ahora, por un acuerdo entre los dos partidos y porque el gobernador quiere su “re-relección”, se saca de encima a seis de los nueve integrantes de su máximo tribunal local, también <strong>entre otros hechos</strong>. &nbsp;</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Son <strong>numerosísimos hechos,</strong> nunca antes vistos en períodos constitucionales y que permiten considerar que la situación de nuestra magistratura es escandalosa. Vista desde esta perspectiva no sólo se halla en el punto más bajo ante la opinión pública, sino que objetivamente se trata de una grave patología institucional.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Sin embargo, frente al número de jueces de todas las instancias de la justicia federal y al muchísimo mayor de todas las justicias provinciales, los que protagonizan esos <strong>numerosísimos hechos</strong> son apenas un <strong>puñado </strong>que se puede contar con los dedos. Quizá pueda haber algunos más que le ceden competencia a ese puñado por razones de comodidad, pero la inmensa mayoría de los jueces de nuestro país no tiene nada que ver con esos <strong>numerosísimos hechos</strong>. Esto explica que, quien observe nuestra magistratura desde sus cúpulas y luego desde sus bases, se admire de que éstas últimas todavía funcionen y no lo hagan tan mal.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Pero no sólo funcionan sus bases, sino que de repente emiten algunos destellos que asombran y deben llevarnos a rechazar cualquier generalización y, por cierto, uno de los más deslumbrantes de estos días fue el veredicto de la justicia federal del Chaco en el caso conocido como la “masacre de Napalpí”, que declaró delito contra la humanidad ese terrible crimen cometido el 19 de julio de 1924.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Después de casi un siglo, la justicia federal dio por probado que unas mil personas estaban reclamando por su situación de servidumbre, cuando se abrió fuego sobre ellas por parte de unos cien policías del territorio nacional, gendarmes y algunos civiles, apoyados por un avión con ametralladora, dando muerte indiscriminadamente a cuatrocientas o quinientas de las personas allí reunidas, con clara alevosía, puesto que estaban desarmadas y se las mató sin previo aviso, y con ensañamiento, puesto que al parecer algunas fueron rematadas, se separaron sus cabezas como trofeos y se persiguió a los sobrevivientes (art. 80 inc. 2º del código, que estaba vigente desde dos años antes).</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">El veredicto dice que se trató de “un crimen de lesa humanidad cometido en el marco del genocidio de los pueblos indígenas”. Es la primera vez que nuestra justicia reconoce abiertamente el genocidio de nuestras comunidades originarias. Algún “pseudoliberal” lanzará la insensatez de que pretendemos condenar a Pizarro, a Cortés o al propio Nerón. Es obvio que no se trata de eso, sino de hechos que ocurrieron en vigencia de nuestra Constitución y de nuestro código penal, y que son imprescriptibles conforme al derecho internacional consuetudinario reafirmado ahora por tratados. Nuestro Pueblo y los descendientes de las víctimas tienen el pleno derecho de conocer la verdad, aunque no quede con vida ninguno de sus perpetradores materiales.</p>



<div style="height:25px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter size-large"><img decoding="async" src="https://www.diariochaco.com/content/bucket/6/537506.jpg" alt=""/><figcaption><em>Foto: archivo/Proyecto Erre.</em></figcaption></figure></div>



<div style="height:25px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Por otra parte, queda claro que este crimen no fue un hecho aislado, sino que forma parte de un plan sistemático de genocidio de poblaciones originarias, que no sólo se cometió en la Argentina, sino que fue emprendido por el neocolonialismo en toda América (incluyendo Canadá y Estados Unidos) y en Oceanía, siempre para usurparles sus tierras ancestrales a los “salvajes” y que aquí y ahora se pretende continuar, al punto que no faltan algunos diputados -que se disfrazan bajo el respetable nombre de “libertarios”-&nbsp; para proponer la derogación de la ley 26.160.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Pero además del genocidio, es muy difícil que una masacre de esas proporciones haya sido decidida por las autoridades de una gobernación que dependían del Ministerio del Interior de la Nación, pues el Chaco no era provincia y, además, en un hecho de esta naturaleza no se encubre a los perpetradores ni se lo oculta para garantizar la impunidad, sin la decisión de una autoridad de mayor jerarquía que el gobernador de un territorio federal.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Por eso, no es para nada descaminado preguntarse quién era el Ministro del Interior al tiempo del hecho y echar una mirada sobre su biografía y antecedentes: se trataba de Vicente C. Gallo, que en 1920 participó en la fundación de la “Liga Patriótica Argentina”, entidad de extrema derecha prefascista inspirada en los discursos del “antidreyfusismo” francés de Charles Maurras, en la tradición de los jóvenes distinguidos que habían protagonizado el primer “progrom” de América y que en 1930 invadirían y vandalizarían la modesta casa de Yrigoyen.&nbsp;</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Pero quizá esto fuese una cuestión ideológica de importancia menor, pues lo más significativo es que Gallo pertenecía a la oligarquía azucarera tucumana y poseía 190.000 hectáreas, presidió en Centro Azucarero Argentino, formó parte de directorios de bancos, de los ferrocarriles ingleses y fue abogado de la famosa concesionaria de electricidad CHADE (la del escándalo de corrupción de los 100.000 pesos a cada concejal), habiendo llegado al ministerio por renuncia de Matienzo en noviembre de 1923, quien no se ponía de acuerdo con el interventor en Tucumán con motivo de la huelga de obreros del ingenio Hileret.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Desde su cargo intentó derogar por todos los medios las leyes laborales tucumanas que establecían la jornada laboral de once horas, el descanso dominical y la prohibición de trabajo en los ingenios de niños de menos de catorce años.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Gallo formó parte del radicalismo “antipersonalista” y permaneció en el Ministerio del Interior hasta 1926, pues renunció cuando Alvear rechazó su proyecto de intervenir la Provincia de Buenos Aires para evitar el triunfo de Yrigoyen. En 1928 acompañó en la fórmula derrotada a Leopoldo Melo como candidato a vicepresidente. Después del golpe de 1930 se sumó al contubernio que, luego de desconocer el triunfo radical del 5 de abril de 1931 en la Provincia de Buenos Aires, proscribió al radicalismo y llevó al gobierno a Agustín P. Justo, es decir, que acabó siendo un activo promotor de la década infame, ocupando desde 1934 el rectorado de la Universidad de Buenos Aires, cargo que desempeñó hasta 1941, falleciendo al año siguiente. &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">No se trata ahora de condenar a ningún muerto, pero estos datos aumentan la sospecha de que el crimen de lesa humanidad ahora condenado no fue del todo resuelto en el Chaco. Es posible también que desde Buenos Aires haya llegado una orden de reprimir, pero sin especificar detalles. Son hipótesis que no se pueden comprobar ahora, pero incluso en la menos grave, no deja de generar cierto indicio de un altísimo grado de responsabilidad de la autoridad nacional.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Para nuestras elites, como para las del resto de nuestra América en tiempos de las repúblicas oligárquicas, los indios no eran demasiado humanos y, en nombre del “progreso” debían ser exterminados o “asimilados”, para dejar bien configurados países “blancos”, sin indios ni negros. Napalí fue uno de esos episodios y hoy es la justicia federal la que lo recupera del olvido, lo trae a la memoria colectiva y lo enmarca en el plan sistemático de exterminio de nuestra oligarquía, en este caso no “vacuna” sino “azucarera”, alguno de cuyos brotes, medio siglo más tarde, no fue por cierto ajeno al genocidio de “seguridad nacional”. &nbsp;</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Este veredicto, que formará parte de una sentencia histórica, nos permite echar un vistazo sobre la base de la estructura de nuestra magistratura y sorprendernos con su destello. Ahora que los gobernadores discuten la posibilidad de federalizar en serio nuestro Poder Judicial, mirando desde la base, con este notable veredicto recibimos una dosis de optimismo: no funciona tan mal y con una cúpula federal funcionaría mucho mejor. Todavía quedan jueces en nuestro país y son muchos.&nbsp; &nbsp;&nbsp;</p>



<div style="height:40px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Buenos Aires, 26 de mayo de 2022.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Profesor Emérito de la UBA.</p>
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		<title>Genocidio o Crímenes de Lesa Humanidad &#8211; Por Rodolfo Yanzón</title>
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		<dc:creator><![CDATA[La Tecl@ Eñe]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 14 Jul 2022 12:25:09 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Rodolfo Yanzón]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos Humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Fallo Casación Penal]]></category>
		<category><![CDATA[genocidio]]></category>
		<category><![CDATA[La Tecl@ Eñe.]]></category>
		<category><![CDATA[Lesa Humanidad]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Rodolfo Yanzón, abogado con una larga trayectoria en Derechos Humanos, analiza en esta nota la controversia surgida a raíz del fallo de la Cámara de Casación Penal sobre la posibilidad de que los tribunales no puedan calificar como genocidio a los crímenes de la dictadura cívico militar.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph"><strong><em>Rodolfo Yanzón, abogado con una larga trayectoria en Derechos Humanos, analiza en esta nota la controversia surgida a raíz del fallo de la Cámara de Casación Penal sobre la posibilidad de que los tribunales no puedan calificar como genocidio a los crímenes de la dictadura cívico militar.</em></strong></p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph"><strong>Por Rodolfo Yanzón*</strong></p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph"><em>(para La Tecl@ Eñe)</em></p>



<div style="height:40px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<p class="has-drop-cap has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Algunos debates internos nos hacen perder el norte de lo que verdaderamente importa, como sucedió con el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal respecto de los recursos de los represores y las querellas, contra la sentencia de noviembre de 2015 del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 1 de La Plata, por la que se condenó a ocho represores por homicidios y desapariciones forzadas, en el marco de genocidio, y se absolvió a otros.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Lo verdaderamente importante es que la Sala II rechazó, de manera unánime, los planteos de los represores sobre la prescripción, la competencia de tribunales militares y la vigencia de las leyes de obediencia debida y punto final.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Importante es que confirmó, unánimemente, la responsabilidad de los imputados, las condenas, la imprescriptibilidad de los crímenes cometidos -especialmente el de la desaparición forzada de personas- y revocó las absoluciones.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">También hicieron lugar a la afectación al principio de congruencia que plantearon los represores porque durante el debate fue ampliada la acusación por hechos no incluidos en la acusación fiscal que dio inicio al juicio oral.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">El punto que generó discordia y que los jueces votaron divididos, fue el de la calificación internacional de los crímenes. El primer voto fue de Alejandro Slokar, que sostuvo que el planteo sobre genocidio no afectaba a los recurrentes, dado que no causaba gravamen teniendo en cuenta lo anterior, es decir, que fueron probados los crímenes, la responsabilidad y la imprescriptibilidad, lo que se sostiene tanto con la categoría de lesa humanidad como con la de genocidio.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Sin embargo, Slokar sostuvo la calificación de genocidio diciendo que toda agresión a los partidos políticos era una agresión al grupo nacional, a su liderazgo. Dijo que si los represores sabían que estaban participando en la destrucción de un grupo humano, era genocidio y, para los perpetradores, la nacionalidad era lo occidental y cristiano, y no lo que se le oponía. Hay genocidio cuando se destruyen los lazos sociales de autonomía y cooperación, para transformar relaciones sociales dijo Slokar, que agregó que en todo grupo afectado se encuentran motivos políticos y que excluir el genocidio por tratarse de grupos políticos implica erigir una discriminación negativa al negar el carácter de víctimas de genocidio a quienes fueron perseguidos por razones políticas.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Por su parte, Guillermo Yacobucci consideró que se trataba de crímenes de lesa humanidad y recordó que así acusó el fiscal. Dijo que los jueces que calificaron de genocidio (Carlos Rozanski y César Álvarez) incurrieron en una notoria confusión que derivó en arbitrariedad, porque hay que diferenciar entre las calificaciones que se realizan en medios públicos o en el debate político o sociológico, y el significado normativo que impone el principio de legalidad.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Dijo que resulta admisible en el plano social, político o periodístico calificar de genocidas a quienes cometieron actos de intensa crueldad, porque expresa el disvalor de esos delitos que afectaron derechos fundamentales y valores esenciales de la humanidad. Pero es inadmisible en el plano normativo porque se pondría en trance un concepto elaborado por juristas durante casi un siglo, creando inseguridad al banalizar los conceptos y poniendo en crisis el principio de legalidad y las nociones del derecho internacional.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Los tratados deben interpretarse de buena fe, dijo Yacobucci, y los jueces están llamados a respetar la consolidación de los términos jurídicos, especialmente cuando se trata de describir un crimen con sus componentes específicos, cuestión que demandó una serie de debates a lo largo de los años.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">El último en votar fue Carlos Mahiques, que compartió la opinión de Yacobucci sobre genocidio.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">En mi libro “Rouge – una mirada sobre los juicios por los crímenes de la dictadura” trato brevemente esta cuestión. Y digo brevemente porque estoy convencido de que lo principal es el juzgamiento y la condena de los responsables. El debate sobre genocidio o lesa humanidad pertenece a quienes hemos trabajado en los juicios representando a sobrevivientes, familiares y organizaciones de derechos humanos. Los represores y sus compinches no quieren saber nada con ninguna de las dos calificaciones.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Creo que a partir de nuestra experiencia, la Argentina tiene el deber ético y político de impulsar la modificación de la Convención Internacional sobre Genocidio para que incluya a los grupos políticos, y que es aceptable que en los ámbitos periodísticos, políticos, sociales, sociológicos y académicos, se considere al caso argentino como genocidio. Por el contrario, no comparto pedir a los jueces que desconozcan el principio de legalidad, que no se atengan a lo que dice la ley, sobre todo cuando esa ley tiene implicancias en lo criminal y porque los jueces forman parte del brazo represivo estatal, que hoy, por fuerza de la lucha constante y no por conciencia o compromiso, intervienen en estos juicios.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Los argumentos para sostener el genocidio (destruir lazos y transformar relaciones sociales) también se aplican a los crímenes de lesa humanidad y, además, dado que en el caso argentino se persiguió a integrantes de organizaciones políticas y personas a ellas vinculadas, sostener la figura de genocidio en el ámbito judicial lleva inevitablemente a diluir lo político para sostener lo nacional, lo cual no sólo es, en mi opinión, una equivocación en términos jurídicos/judiciales, sino una visión política desacertada, porque lo que debe ponerse en primer plano es la militancia política y no cuánto afecta al grupo nacional. De lo contrario, volveremos a los primeros años posteriores a la dictadura en los que los sobrevivientes debieron invisibilizar sus pertenencias políticas, como quería el sistema, y no sólo el judicial.&nbsp;</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Que la persecución a grupos étnicos, religiosos o nacionales tiene un componente político, no cabe ninguna duda. Lo que creo desacertado es pensar que porque ello es así, los grupos políticos deben ser invisibilizados en un grupo más vasto, como es el nacional, sobre todo cuando no les importó la nacionalidad -de hecho, secuestraron, mataron y desaparecieron a personas de otras nacionalidades- y prueba de ello es la operación Cóndor, el acuerdo entre dictaduras para perseguir y eliminar a opositores políticos, integrantes de organizaciones políticas claramente definidas como enemigas de esas dictaduras, sin importar la nacionalidad. Por otra parte, hablar de discriminación negativa o de desigualdad ante la ley no hace más que reconocer que la persecución fue a grupos políticos.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Se dice que los grupos políticos no tienen la estabilidad de los nacionales. Puede ser. Pero quienes pensamos que se debe estar con los trabajadores, con los más vulnerables, con los desposeídos, sabemos que con los compañeros vamos hasta el fin de los días, no importa de dónde vengan; mientras que con muchos argentinos no hacemos ni media cuadra.</p>



<div style="height:40px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">Buenos Aires, 14 de julio de 2022.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-medium-font-size wp-block-paragraph">*Abogado DDHH.</p>
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		<title>Complicidad judicial en dictadura y en la actualidad &#8211; Por Carlos Rozanski</title>
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		<dc:creator><![CDATA[La Tecl@ Eñe]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 Mar 2026 02:29:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[golpe]]></category>
		<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>
		<category><![CDATA[50 años del golpe]]></category>
		<category><![CDATA[Carlos Rozanski]]></category>
		<category><![CDATA[Juicio a las Juntas]]></category>
		<category><![CDATA[Lesa Humanidad]]></category>
		<category><![CDATA[Milei]]></category>
		<category><![CDATA[negacionismo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>A dos décadas de comenzado el proceso actual de juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad, el país atraviesa un nuevo período de retroceso en materia de Derechos Humanos nunca visto en democracia.</p>
<p>La entrada <a href="https://lateclaenerevista.com/complicidad-judicial-en-dictadura-y-en-la-actualidad-por-carlos-rozanski/">Complicidad judicial en dictadura y en la actualidad &#8211; Por Carlos Rozanski</a> se publicó primero en <a href="https://lateclaenerevista.com">La Tecl@ Eñe Revista</a>.</p>
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<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-e6468b4779e5d183ef8ad255e9890f06 wp-block-paragraph"><strong><em>A dos décadas de comenzado el proceso actual de juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad, el país atraviesa un nuevo período de retroceso en materia de Derechos Humanos nunca visto en democracia</em></strong>.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-1d27f6a1d0747955c80bc3bac4c981e3 wp-block-paragraph"><strong>Por Carlos Rozanski*</strong></p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-d5e18531e670bd10ca130847a62fe9c1 wp-block-paragraph"><em>(para La Tecl@ Eñe)</em></p>



<div style="height:68px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<p class="has-drop-cap has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-64133981bfb3e292811c7443923cc3a2 wp-block-paragraph">Un sector importante del Poder Judicial argentino fue cómplice del Terrorismo de Estado que asoló el país entre los años 1976 y 1983. Esa gravísima connivencia aún no ha sido debidamente analizada y tampoco se han tomado medidas efectivas para modificar las condiciones que la generaron.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-3edbf95c467875bb156884adf99ab824 wp-block-paragraph">Se trata de una deuda de cincuenta años que tiene profundas raíces en el corazón mismo de la <em>Institución</em> Poder Judicial. En su interior se producen muchos de los fenómenos que suceden en el resto de las organizaciones del Estado, a los que deben sumarse los que tienen relación directa con la cuestión del <em>poder</em> que la atraviesa en toda su estructura.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-779dece6f4b9e36abcf3ae4698e0d808 wp-block-paragraph">En ese sentido, el golpe de 1976 impactó fuertemente en el Poder Judicial tanto en el fuero ordinario como en el federal. Se produjo un verdadero terremoto que puso a prueba lo más profundo de las lealtades y en especial de las pertenencias ideológicas de los protagonistas. No se trataba sólo de una interrupción del orden constitucional como había sucedido en golpes anteriores, sino de la instalación de un nuevo paradigma que incluía el secuestro, tortura, desaparición y muerte de decenas de miles de personas y apropiación de niños/as y bebés recién nacidos. Crímenes planificados y concretados de manera sistemática. Nada parecido a lo anterior. Nada para lo que el funcionario medio del poder judicial haya sido preparado a enfrentar, tanto en sus estudios académicos como en sus experiencias laborales previas o de vida.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-c875abf4491edd492c4085102c4fcf01 wp-block-paragraph">Durante esa conmoción, el golpe de Estado generó una dualidad. Por un lado, sobre un sector de la justicia, la detención e incluso desaparición de operadores judiciales y en sentido contrario, un decidido acompañamiento de todos aquellos magistrados y funcionarios que estaban identificados con el nuevo régimen. Algunos de ellos, décadas después, fueron juzgados y condenados a prisión perpetua por complicidad en delitos de lesa humanidad como el caso de los jueces federales de Mendoza Otilio Roque Romano, Luis Francisco Miret, Max Petra Recabarren y Evaristo Carrizo.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-12016585f43deafd9a68de5056c18979 wp-block-paragraph">En el medio de esas dos franjas, una gran cantidad de operadores <em>diletantes</em>, que estaban o bien inmovilizados por el terror imperante, o bien creían que desde su espacio de actuación podían mitigar las consecuencias de la dictadura genocida de esos años en nuestro país.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-0ac299e06723e5fc99cc0db5edace5c3 wp-block-paragraph">Al respecto, una reflexión clave para comprender el tema es la de la Dra. María José Sarabayrouse Oliveira cuando dice que <em>“Ninguna dictadura militar creó un nuevo aparato de justicia, sino que el Terrorismo de Estado se montó sobre una estructura preexistente y la maximizó en función de sus propios intereses”</em>. (1)</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-a53f1f5ea5c5cfb5424ed0c9d99ffe4d wp-block-paragraph">Lo señalado por la autora citada resulta exacto. Ello por cuanto si bien mediante la “Ley 21.258” del 24 de marzo de 1976, la Junta Militar removió a los jueces de la Corte Suprema de la Nación, de los Tribunales Superiores Provinciales, al Procurador General y puso en comisión a todos los magistrados, el sistema continuó funcionando con mayoría de jueces y fiscales que ya estaban en sus cargos con anterioridad al golpe.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-668acb854acd53a2b44431926660d02a wp-block-paragraph">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; La explicación de las razones por las que un aparato judicial de la democracia puede subsistir en dictadura sin mayores modificaciones &#8211; aunque con algunos reemplazos -, es sin dudas compleja y su desarrollo con amplitud excedería este espacio. Sin embargo, se impone una aproximación a fin de dejar al menos planteado el núcleo del problema que no es otro que la cosmovisión que vincula a la mayoría de los miembros de la institución.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-6e10451705f561a80b2ebc7dec43be17 wp-block-paragraph">Se trata de una posición mayormente conservadora, y en algunos sectores, profundamente reaccionaria desde lo ideológico, así como de “pertenencia” a un sector determinado desde lo social.&nbsp;</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-d59c0c94bc73239cb03c35c385aed560 wp-block-paragraph">Es necesario aclarar que, por supuesto, el Poder Judicial incluye jueces/as, funcionarios/as y empleados/as que no comparten esa cosmovisión y que por el contrario desarrollan su actividad con apego a las garantías de nuestro sistema normativo. Ese posicionamiento sensible y legal genera con frecuencia rispideces, distancias y hasta enfrentamientos entre los integrantes de ambos vértices, aunque raramente se los deja trascender al resto de la comunidad.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-891f8c9cd627adb50113367dd9563b85 wp-block-paragraph"><strong>La familia judicial de ayer y de hoy</strong></p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-54f7e77e1cb5263c03d958b0727a32f3 wp-block-paragraph">Más allá de la distribución formal de la organización del poder judicial de nuestro país a lo largo del siglo XX y lo que va del XXI, su estructura profunda, gira alrededor de lo que se conoce como <em>“familia judicial”</em>.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-1d8c8fd9d8c9cb1892281723d511a1cb wp-block-paragraph">María J. Oliveira señala dos significados del concepto. Uno más acotado, referido a <em>“relaciones de parentesco concretas: mismos apellidos que se repiten a lo largo y ancho de la guía judicial, esto es, padres, hijos, sobrinos, cónyuges que ocupan distintos cargos en la justicia…” (2). </em>Oliveira Agrega otro más amplio que trasciende las relaciones de consanguinidad y que se refiere a la <em>“pertenencia a ciertos clanes o grupos de interés (e ideológicos) que conforman una malla de relaciones tejida a partir de lazos de amistad, camaradería, compañerismo, vecindad…”</em> (3). Incluye además en ese concepto ampliado a espacios de sociabilidad compartidos por los miembros de esa “familia” como colegios, clubes, barrios y lugares de veraneo.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-480de782899004da5456182e10bd6e5e wp-block-paragraph">Tal vez una de las comprobaciones más vigentes de aquellas reflexiones sea lo sucedido durante el juicio y condena a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner celebrado en el año 2022. En una de las audiencias, uno de los integrantes del Tribunal, el Dr. Rodrigo Giménez Uriburu sorbía exhibiendo feliz un mate con el logo del equipo de fútbol “Liverpool” que integraba junto al fiscal del caso, Diego Luciani, y al Juez de la Cámara Federal, Mariano Llorens, que jugaba de arquero.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-7d36e6732b8633396344f772db3b074a wp-block-paragraph">Las imágenes recorrieron el mundo y motivaron la recusación de los magistrados por parte de varios letrados defensores. Si bien el cuestionamiento acerca de la parcialidad evidente del tribunal no resultó exitoso, dejó al descubierto el cinismo con que suelen manejarse dentro de ese exclusivo círculo de poder. Ello quedó más palmario aún cuando tomó estado público que los nombrados y su equipo de fútbol, jugaban partidos en la quinta “Los Abrojos” de propiedad del expresidente Mauricio Macri.&nbsp;</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-02664cad3389fc1a1275c42d4731fe58 wp-block-paragraph"><strong>A medio siglo del golpe</strong></p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-55e67dc4a6667feb0f49d734c108a549 wp-block-paragraph">En un rápido recorrido por los cincuenta años transcurridos desde aquel trágico 24 de marzo, se destacan tres momentos que resultan significativos para el contenido de estas líneas.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-afe4d97a838a4b9c392c2a58ddd49a54 wp-block-paragraph">Una primera etapa de esperanza caracterizada por la decisión de Raul Alfonsín (Decreto 158/83) por la cual dispuso el juzgamiento de los integrantes de las tres juntas militares que gobernaron el país en dictadura. Luego de una frustrada etapa ante el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, el caso fue tramitado por la Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal en un expediente que se conoció como “causa 13” y que derivó en el juzgamiento y condena del 9 de diciembre de 1985 de algunos de los principales responsables de la dictadura genocida. Se trató de un proceso histórico ya que los criminales fueron juzgados por un tribunal ordinario del país en que se produjeron los delitos, hecho inédito hasta ese momento en el mundo.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-79178d65573006bb314b6bb819f1d4ff wp-block-paragraph">Este notable avance fue sucedido por una etapa de retroceso en materia de DDHH caracterizado por la sanción de dos leyes de impunidad conocidas como de “Punto Final” de 1986 (23.492) y “Obediencia debida” de 1987 (23.521). Estas normas dejaban sin sanción la inmensa mayoría de los delitos cometidos durante la dictadura. La etapa se completó en 1989 y 1990 con los indultos de Carlos Menem.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-8c16cd3e7157daa0a5f77db31ee75b0f wp-block-paragraph">A continuación, se sucedieron largos años de impunidad hasta que, en el 2003, el Congreso de la nación anuló las leyes de Punto Final y Obediencia debida lo que habilitó una nueva etapa a partir de 2006 con el juzgamiento y condena de genocidas, comenzando ese año por Miguel Osvaldo Etchecolatz.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-10d2ce2500e084d31f2b24836825b87e wp-block-paragraph"><strong>Retroceso actual y negacionismo</strong></p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-7659f1cff4911ec6f71be6759c4a62c8 wp-block-paragraph">A dos décadas de comenzado el proceso actual de juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad, el país atraviesa un nuevo período de retroceso en materia de Derechos Humanos nunca visto en democracia. Así, por primera vez en el país un presidente anuncia públicamente y sin eufemismos, su objetivo de destruir al Estado y hacer daño a la población. Javier Milei ha reiterado verbalmente esa decisión en inumerables oportunidades y ha transformado su discurso en acto. Lo hizo a través de Decretos y diversas medidas ejecutivas que en dos años han tenido efectos devastadores sobre los sectores más vulnerables de la sociedad.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-18869ebd2b387ad245ab7dc58e0fcb14 wp-block-paragraph">Baste señalar como dramática síntesis que el presidente Milei logró aumentar la mortalidad infantil en el país en un 6,25 %, quebrando una tendencia de descenso de 20 años. Respecto de las personas mayores de 65 años, debido a la falta de medicamentos y restricciones alimentarias, la mortalidad en el año 2024 fue superior en un 9 % a la de 2023.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-d23892dcfb293e12d323d2a40980b092 wp-block-paragraph">Igualmente, en el actual proceso de desintegración social, el negacionismo explícito del régimen no se limita a los horrores de la dictadura genocida o a la cifra de 30.000 desaparecidos. Se niegan, además, los derechos esenciales de millones de habitantes &nbsp;del país a quienes deliberadamente se les degrada cada día su condición humana y se toman medidas para que enfermen y mueran los más débiles.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-ee4116e5702417e4984cf8581f6f6f7b wp-block-paragraph">En síntesis, Argentina atraviesa un momento de crisis humanitaria estructural en la cual bestias insaciables se apoderaron del Estado para destruirlo y enriquecerse obscenamente. Frenarlas no es una opción, es una necesidad existencial.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-d2eb711e5915e3ea8fc05576adbccab3 wp-block-paragraph">Después, siempre es tarde.</p>



<div style="height:35px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-eff5885f0f3a518e02ab94517a46c45c wp-block-paragraph"><strong>Referencias:</strong></p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-5940534a1591122827f59b133b59095b wp-block-paragraph">(1) María José Sarabayrouse Oliveira <em>“Rupturas, continuidades y lealtades en el Poder Judicial”</em> en “Usted también doctor?”, Juan Pablo Bohoslavsky, Siglo XXI editores, CABA, 2015, pág. 181.</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-aa35101eabe2d12b85bae4a958e69c18 wp-block-paragraph">(2) Ibid. Pág. 184&nbsp;</p>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-4acc2df80a6c93bfa87e1fb5b2c72883 wp-block-paragraph">(3) Ibid. Pág. 185</p>



<div style="height:69px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<p class="has-black-color has-text-color has-link-color has-medium-font-size wp-elements-e5c4a527e516a284cb7a1b3b5d78d8a0 wp-block-paragraph">*Ex Juez de Cámara Federal y ex presidente del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 1 de La Plata.</p>



<div style="height:15px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



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